La Secretaría de Salud del Gobierno del Estado advirtió que conducir vehículos a exceso de velocidad, bajo la influencia del alcohol, sin usar cinturón de seguridad ni los dispositivos de retención infantil, así como utilizar distractores durante la conducción y no usar casco al trasladarse en motocicleta, entre otros factores, pueden causar lesiones que lleven a la discapacidad o a un desenlace fatal.
Por lo anterior, la dependencia indicó que es muy importante usar el cinturón en los asientos delanteros, pero también en el resto de ellos, ya que, en caso de accidente, las pasajeras o pasajeros de las plazas traseras pueden aplastar a quienes viajan en la parte frontal o a cualquier otra persona al interior del vehículo.
Refirió que mantener una velocidad adecuada es siempre un factor de protección frente a los accidentes de tránsito y una responsabilidad con las demás personas; por el contrario, el exceso de velocidad incrementa la posibilidad de que ocurra un accidente que cause graves lesiones.
Además, las personas que usan el teléfono celular durante la conducción, corren un riesgo aproximadamente cuatro veces mayor de estar involucradas en un accidente; las que mandan mensajes de texto a través del dispositivo móvil mientras conducen, tienen 23 veces más probabilidades de verse involucradas en un choque que quienes que no lo hacen.
Añadió que, contrario a lo que se puede pensar, el consumo de bebidas alcohólicas no estimula, sino que disminuye la agilidad mental y la coordinación motora, ya que el alcohol es una droga que perturba las aptitudes de conductoras y conductores, toda vez que al pasar a la sangre se extiende por todo el organismo, afectando sobre todo al cerebro y a la vista.
Finalmente, recordó que el uso de casco al trasladarse en una motocicleta, disminuye un 72 por ciento el riesgo y la gravedad de los traumatismos craneales, en caso de un accidente; además de que conducir ese tipo de vehículos, representa un riesgo seis veces mayor de sufrir lesiones graves y tres veces mayor de morir en comparación con manejar un automóvil.
(Esta información se ampara en las excepciones consideradas por la autoridad electoral mediante el Acuerdo INE/CG43/2022, relativo a los temas de: salud, educación y protección civil.)